Comparte esta noticia:Share on facebook
Facebook
Share on twitter
Twitter
Share on email
Email
Share on google
Google

El Ayuntamiento de Tegueste informa sobre las medidas sanitarias de obligado cumplimiento para evitar el contagio por coronavirus.

Todas las personas de seis años en adelante están obligadas al uso de la mascarilla en los siguientes supuestos:

a) Vía pública, espacios al aire libre y cualquier espacio de uso público

b) Centros educativos no universitarios, no será obligatoria la mascarilla:
a. Cuando se traten de grupos escolares de convivencia estable.
b. En el resto de grupos escolares, cuando estén sentados en sus pupitres a una distancia de, al menos, 1,5 metros.

Uso de mascarillas en hostelería y restauración, así como en estos servicios dentro de los alojamientos turísticos:

  • Sólo se podrá dejar de usar la mascarilla en el momento de la ingesta de alimentos o bebidas
  • Separación entre las mesas o agrupaciones de mesas, así como en barra, entre clientes o grupos de al menos 1,5 metros
  • Ocupación máxima por mesas en interior y exterior será de diez personas
  • Los establecimientos deberán tener adecuadamente señalizada la mencionada distancia de separación
  • Los titulares de establecimientos, espacios y locales deberán garantizar el cumplimiento de las obligaciones
  • Discotecas y locales de ocio nocturno sólo podrán abrir los espacios al aire libre, para consumo sentado en mesa y con un aforo del 75%, no permitiéndose las pistas de baile.

NO SE PERMITIRÁ FUMAR, usar dispositivos de inhalación de tabaco, pipas de agua, cachimbas, shishas o asimilados en la vía pública y en los espacios al aire libre, siempre que no resulte posible garantizar el mantenimiento de una distancia de seguridad interpersonal de dos metros.

Descargar Bando de Alcaldía Medidas de Seguridad de Obligado Cumplimiento COVID-19

 

de

Ir al contenido