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Anuncio. Expropiación forzosa
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RELACIÓN DE BIENES Y DERECHOS DE NECESARIA OCUPACIÓN A EFECTOS DE SU EXPROPIACIÓN FORZOSA
En cumplimiento de lo establecido en los art. 17 de la Ley de Expropiación Forzosa de 16 de diciembre de 1954 y 16 de su Reglamento, se formula la presente relación que comprende los bienes y derechos, así como sus titulares, que se consideran de necesaria ocupación para la ejecución de las obras comprendidas en el “Proyecto de Urbanización de El Portezuelo”, promovido por la entidad Gestur Tenerife, S.A.
La citada relación quedará expuesta al público durante el plazo de 20 días hábiles, pudiendo los interesados formular alegaciones o reclamaciones durante dicho plazo de acuerdo con lo previsto en los art. 19 de la Ley de Expropiación Forzosa y 18 de su Reglamento. En la Villa de Tegueste, a 13 de enero de 2009 EL ALCALDE-PRESIDENTE José Manuel Molina Hernández |
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En cumplimiento de lo establecido en los art. 17 de la Ley de Expropiación Forzosa de 16 de diciembre de 1954 y 16 de su Reglamento, se formula la presente relación que comprende los bienes y derechos, así como sus titulares, que se consideran de necesaria ocupación para la ejecución de las obras comprendidas en el “Proyecto de Urbanización de El Portezuelo”, promovido por la entidad Gestur Tenerife, S.A.